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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 17 de febrero de 2016 Pág. 5744

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1070/2014).

Maria Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 1070/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fraternidad-Muprespa, Mutua de Trabajo y Accidentes Profesionales de la Seguridad Social contra Consignaciones Barbanza, S.L., Obras Marítimas y Submarinas Draga y Otras, sobre seguridad social, se ha dictado la sentencia cuyo fallo dice:

Que debo desestimar y desestimo la demanda que ha sido interpuesta por Fraternidad Muprespa-Mutua de Trabajo y Accidentes Profesionales de la Seguridad Social, contra las entidades Consignaciones Barbanza, S.L., Madasa Estructuras y Construcciones, S.L., Diving Consultancy, S.L., Galacuatic, S.L., Técnica e Ingeniería Subacuática, S.A., Underwater Contractors Spain, S.L., Helioxcom Buceo Profesional, S.L. y Obras Marítimas y Submarinas, S.L. y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a las anteriores entidades de todos los pedimentos formulados en su contra.

Que debo estimar y estimo parcialmente, la demanda interpuesta por Fraternidad Muprespa-Mutua de Trabajo y Accidentes Profesionales de la Seguridad Social, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo y Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y, en consecuencia, debo declarar y declaro la responsabilidad de las anteriores entidades al abono de la prestación por incapacidad permanente total reconocida a Germán Muñiz Vázquez, en virtud de Resolución de 7 de julio de 2014, en el porcentaje del 50,39 % a Mutua Fraternidad-Muprespa, del 32 % a Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, del 10,21 % al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y del 7,39 % a Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, Pilar Carreira Vidal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Obras Marítimas y Submarinas Draga, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de febrero de 2016

La secretaria judicial