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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 17 de febrero de 2016 Pág. 5763

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 12 de enero de 2016, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2015165AL-PO, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha 16 de noviembre de 2015, la directora general de Innovación y Gestión de la Salud Pública dictó resolución del expediente sancionador 2015165AL-PO iniciado en la Jefatura Territorial de Pontevedra a la entidad Comercial Ibaitz, S.L.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica al/a la director/a gerente de la entidad Comercial Ibaitz, S.L. el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de la Dirección General de Salud Pública, situada en San Lázaro, s/n, Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En caso de conformidad con el contenido de esta resolución, el abono voluntario de la sanción podrá hacerse en el siguiente plazo: 1) Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente; 2) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente. Todo ello mediante el ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca; del BBVA transacción 1316, NIF S1511001H, o del Santander, empleando los impresos normalizados que se le facilitarán en las dependencias de esta dirección general. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Santiago de Compostela, 12 de enero de 2016

Sonia Martínez Arca
Directora general de Salud Pública

ANEXO

Nº de expediente: 2015165AL-PO.

Denunciada: Comercial Ibaitz, S.L.

DNI/CIF: B20724258.

Última dirección conocida: Randufe, 2, 36713 Tui.

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Preceptos infringidos:

– Artículos 3, 4.2, 5 y 6 y capítulo I puntos 1, 2, 3, 4 y 9, capítulo II puntos 1 y 2, capítulo V punto 1, capítulo VI puntos 1, 2, 3 y 4, capítulo VII punto 1 a) y capítulo IX puntos 2, 3 y 4 del anexo II del Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

– Artículos 14 y 17.1 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

– Artículo 2 del Real decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (sobre empresas y establecimientos alimentarios sujetos a inscripción).

Tipificación: grave, según el artículo 51 punto 2 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición,

Sanción impuesta: diez mil dos euros (10.002,00 €); mantener el acuerdo de suspensión temporal de la jefatura territorial de fecha 19.3.2015 (SC núm. 10/15), de envasado de productos de la pesca frescos del establecimiento; y destrucción de la mercancía intervenida según acuerdo (IC 5/15): 945 lampreas vivas.