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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Viernes, 12 de febrero de 2016 Pág. 5119

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO de notificación de sentencia (1101/2012).

Yo, María Regina Domínguez Cougil, letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, por el presente,

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En el presente procedimiento seguido a instancia de Heriberto Maceda Rodríguez frente a Josefa Taboada Quesero (fallecida, siguiéndose actualmente la demanda contra la Comunidad de herederos de la misma), Pedro Carlos Piñeiro Borges, se ha dictado sentencia cuyo encabezado y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia núm. 186/2014.

En la ciudad de Ourense a uno de octubre de 2014.

Vistos por María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de esta ciudad, los autos de juicio verbal nº 1101/2012 seguidos ante este juzgado a instancia del procurador Ángel Soto Pérez, en representación de Heriberto Maceda Rodríguez, asistido del letrado Eduardo Mazaira contra Pedro Carlos Piñeiro Borges, quien comparece representado por Ana Crespo Damota y defendido por el letrado Óscar Abellás y contra los herederos de Josefa Taboada Quesero, en situación procesal de rebeldía. Versan los presentes autos sobre responsabilidad extracontractual.

Siguieron antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos.

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Heriberto Maceda Rodríguez contra Pedro Carlos Piñeiro Borges y contra los herederos de Josefa Taboada Quesero, en situación procesal de rebeldía, se condena a los demandados a indemnizar al actor en 942,20 € y a reparar el tubo del desagüe del aseo de su vivienda, a través del cual se filtra agua a la vivienda del actor. Las costas se imponen a los demandados.

Esta sentencia es firme. Contra la misma no cabe interponer recurso de apelación (artículo 455 de la LEC).

Así, por esta sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose los herederos de Josefa Taboada Quesero en situación de rebeldía, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 2 de febrero de 2016

La letrada de la Administración de justicia