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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Jueves, 4 de febrero de 2016 Pág. 4047

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira

EDICTO (829/2015).

En los autos de juicio sobre delitos leves seguidos ante este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira y su partido, con número 829/2015, ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia:

Ribeira, 9 de noviembre de 2015.

Vista por mi, Mª de las Nieves Corral Montes, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira y su partido judicial, en audiencia pública, la presente causa del juicio por delitos leves número 829/2015 por lesiones del artículo 147.2 del Código penal, con la intervención del Ministerio Fiscal en la persona de Ana Robles y en el que han sido partes denunciante Daniel Silva, quien compareció por sí mismo y partes denunciadas Amancio Gonçalves Rodrigues, quien no compareció pese a estar citado al juicio, y Raquel Souto Miguens, quien compareció asistida por el letrado Francisco Iglesias.

Fallo:

Que debo absolver y absuelvo, con todos los pronunciamientos favorables, a Raquel Souto Miguens del delito leve de lesiones del artículo 147.2 del Código penal que inicialmente se le imputaba, con declaración de oficio de las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo, con todos los pronunciamientos favorables, a Amancio Gonçalves Rodrigues del delito leve por lesiones del artículo 147.2 del Código penal que inicialmente se le imputaba, con declaración de oficio de las costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación a cuyo efecto deberá presentarse en dicho plazo escrito exponiendo las razones en que se funde el recurso y que deberá sustanciarse conforme a lo previsto en los artículos 790 a 792 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Así, por esta mi sentencia, de la que llevará certificación a las actuaciones originales, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en forma a Amancio Gonçalves Rodrigues con domicilio desconocido, extiendo y firmo la presente.

Ribeira, 11 de enero de 2016

El/la secretario