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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 28 de enero de 2016 Pág. 3314

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de A Coruña

ANUNCIO relativo a la aceptación de la delegación de competencias tributarias del Ayuntamiento de Ortigueira (tasa 1,5 y recaudación ejecutiva).

El Pleno de la Diputación Provincial de A Coruña, en la sesión ordinaria celebrada el 27 de marzo de 2015 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«30. Aceptación de la delegación de competencias tributarias del Ayuntamiento de Ortigueira.

Aceptar la delegación de las competencias en materia tributaria acordada por el Ayuntamiento de Ortigueira en la sesión plenaria de 30 de abril de 2014, en relación con las siguientes materias:

1. La gestión, inspección y recaudación voluntaria y ejecutiva de la tasa por la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo, o vuelo de las vías públicas, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministro de interés general. La gestión que pueda ser objeto de delegación tanto puede afectar al supuesto general del artículo 24 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, basado en el 1,5 % de los ingresos brutos obtenidos en el término municipal, como al supuesto especial de la telefonía móvil.

2. La recaudación en período ejecutivo de los siguientes tributos, tasas y precios públicos e ingreso público de carácter no periódico:

1º. Tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallados, puntales, asuelos, andamios y otras instalaciones análogas.

2º. Tasas por puestos, barracas, casetas de venta, atracciones ubicadas en terrenos de uso público e industrias de calle y ambulantes y rodaje cinematográfico.

3º. Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas y otros elementos con finalidad lucrativa.

4º. Ingresos públicos por ejecución subsidiaria al amparo de lo establecido en los artículos 96 y 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La delegación entrará en vigor una vez que sea publicado este acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia, y su ejercicio se llevará a cabo en los términos establecidos en las bases para la prestación de servicios tributarios a los ayuntamientos de la provincia, aprobadas al efecto por esta diputación provincial».

Lo que se hace público para general conocimiento.

A Coruña, 19 de enero de 2016

Valentín González Formoso
Presidente de la Diputación
Provincial de A Coruña

Mª Amparo C. Taboada Gil
Secretaria acctal. de la Diputación
Provincial de A Coruña