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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Miércoles, 27 de enero de 2016 Pág. 3047

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2016, de la Dirección General de Comercio, por la que se acuerda el inicio del fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol.

Los artículos 62 y siguientes de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, regulan la extinción y el procedimiento de disolución de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación. A este respecto, de acuerdo con dicho régimen legal, procederá la extinción de las cámaras en el supuesto de que no sea posible la celebración de elecciones y la consiguiente constitución de los correspondientes órganos de gobierno de la cámara afectada; en particular, se considerará que concurre causa de extinción de las cámaras cuando, tras la disolución de sus órganos de gobierno y la correspondiente convocatoria de elecciones, no se presentara ninguna candidatura válida en el plazo establecido al efecto.

De acuerdo con el artículo 63 de dicha ley, la administración tutelante, previa audiencia a la cámara afectada y al Consejo Gallego de Cámaras, con fecha 16 de octubre de 2015 dictó el acuerdo de inicio del procedimiento de disolución (Diario Oficial de Galicia número 199, de 19 de octubre), el cual contiene, entre otro contenido, la designación como administrador independiente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol a la empresa Landwell-PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services, S.L., la cual resultó adjudicataria del contrato de servicios para la designación de un administrador independiente que se encargue de la realización de todas las actuaciones necesarias para la disolución y liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol.

Por su parte, el artículo 64 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, señala que, determinados el inventario de activos y relación de créditos y acreedores, la administración tutelante, a instancia del órgano gestor, acordará la fase de liquidación.

Así las cosas, en aplicación del previsto en el artículo 64 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, y las obligaciones contractualmente asumidas, el administrador elaboró y presentó ante el órgano gestor, dentro de los plazos establecidos al efecto en esta fase inicial, la relación de bienes y derechos de la Cámara y la relación de acreedores y de los respectivos créditos frente a la misma.

Asimismo, con fecha 22 de diciembre de 2015, la comisión gestora acordó solicitar a la administración tutelante la apertura de la fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, de acuerdo con el previsto en dicho artículo.

Por todo lo anterior, una vez determinados el inventario de activos y la relación de créditos y acreedores, a instancia de la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria,

RESUELVO:

Primero. Iniciar la fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, de conformidad con lo previsto en el artículos 65 y siguientes de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.

Segundo. Incorporar durante esta fase, a la denominación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, la expresión «en liquidación».

Tercero. Disponer el cese de la comisión gestora de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, designada mediante Resolución de la Dirección General de Comercio de 28 de enero de 2014 y de 12 de enero de 2015.

Cuarto. Encomendar la actividad de la liquidación al administrador independiente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol y, en consecuencia, la realización de todas las actuaciones necesarias para su liquidación, de conformidad con el previsto en el artículos 65 y siguientes de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, correspondiéndole, asimismo, la gestión y defensa de los intereses de la cámara.

Quinto. Llamar a las restantes cámaras de Galicia para que, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, presenten, en su caso, sus propuestas para la asunción de las funciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para garantizar que las personas físicas y jurídicas del ámbito territorial de dicha cámara reciban los servicios propios de éstas.

La asunción de las funciones de la cámara a extinguir por otra cámara de Galicia comportará la modificación de la demarcación territorial mediante decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la administración tutelante, teniendo en cuenta la concurrencia y los principios de viabilidad, solvencia y cercanía.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2016

Sol María Vázquez Abeal
Directora general de Comercio