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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Miércoles, 20 de enero de 2016 Pág. 2156

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crea y clasifica un puesto de trabajo reservado a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional en la Mancomunidad de Ayuntamientos Santa Águeda.

La Mancomunidad de Ayuntamientos Santa Águeda formula propuesta relativa a la creación del puesto de secretaría-intervención, reservado a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional perteneciente a la subescala de secretaría-intervención, sin categoría, conforme al acuerdo adoptado por el Pleno en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2014.

El régimen jurídico aplicable a los puestos reservados a los funcionarios con habilitación de carácter nacional se recoge en el artículo 92.bis.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, que disponen que el Gobierno, mediante real decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos reservados a los funcionarios con habilitación de carácter nacional así como las que puedan corresponder a su régimen disciplinario y de situaciones administrativas. Examinada la documentación remitida por la entidad local, la Dirección General de Administración Local observa la existencia de deficiencias, las cuales son subsanadas el 13 de octubre de 2015.

Ante la ausencia de desarrollo reglamentario, la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 30 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, señala que en tanto no entre en vigor la legislación prevista en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, y en tanto no se oponga a lo dispuesto en esta ley, mantiene su vigencia la normativa reglamentaria referida a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación del citado artículo.

El artículo 5.1 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, establece que los puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal en áreas metropolitanas, mancomunidades de municipios y consorcios locales se clasificarán en atención al presupuesto propio de que disponga la dicha entidad local como se indica a seguir:

Presupuesto superior a 18.000.000 de euros: clase primera.

Presupuesto superior a 6.000.000 de euros: clase segunda.

Presupuesto inferior a 6.000.000 de euros: clase tercera.

Por todo esto, en aplicación de lo establecido en los artículos 2 y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, y demás normativa concordante de aplicación y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 15.e) de la Ley del empleo público de Galicia, en relación con el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias,

DISPONE:

Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de secretaría-intervención, reservado a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional perteneciente a la subescala de secretaría-intervención, sin categoría, de la Mancomunidad de Ayuntamientos Santa Águeda, clasificándose como se especifica en el anexo que se adjunta a dicha resolución.

Segundo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o podrá impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses a contar desde la misma fecha, según lo el dispuesto en el artículo 46 en relación con el 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2015

José Alberto Pazos Couñago
Director general de Administración Local

ANEXO

Corporación: Mancomunidad de Ayuntamientos Santa Águeda.

Puesto: secretaría-intervención.

Subescala: secretaría-intervención.

Categoría: sin categoría.

Forma de provisión: concurso.