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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miércoles, 13 de enero de 2016 Pág. 1281

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 473/2013).

Yo, Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 473/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Carlos Nieto Gestal contra Desguaces y Desmantelamientos, S.L., Fogasa, sobre seguridad social, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 545/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: daños y perjuicios 473/2013.

Demandante: Carlos Nieto Gestal.

Letrada: Sra. Rodríguez Amoroso.

Demandados:

– Desguaces y Desmantelamientos, S.L.

– Fogasa.

Sentencia 545/2015.

A Coruña, 17 de diciembre de 2015.

Fallo:

– Estimo la acción sobre responsabilidad civil –reclamación de daños y perjuicios– interpuesta por Carlos Nieto Gestal frente a la empresa Desguaces y Desmantelamientos, S.L., condenando a esta a abonar a la parte actora la cantidad de 4.794,02 euros por el accidente sufrido el 9.5.2012.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra la misma se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a Desguaces y Desmantelamientos, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 17 de diciembre de 2015

La secretaria judicial