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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miércoles, 13 de enero de 2016 Pág. 1278

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (208/2015).

Yo, María Remedios Albert Beneyto, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 208/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lahcen Sahamoudi contra Galisec, S.L.U. e Ibérica de Montajes y Servicios de Encofrado, S.A. sobre ordinario, se han dictado la resoluciones en cuya parte dispositiva se acuerda:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en fecha 9.7.2015 en el procedimiento ordinario (cantidad) seguido ante este juzgado con el número de autos 37/2015 a favor de la parte ejecutante, Lahcen Sahamoudi, frente a Galisec, S.L.U. e Ibérica de Montajes y Servicios de Encofrado, S.A., partes ejecutadas con carácter solidario por importe de 6.705,02 euros de principal (correspondiendo 6.095,48 euros al principal y 609,54 al interés de mora procesal del 10 %) y de 670,50 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Galisec, S.L.U. e Ibérica de Montajes y Servicios de Encofrado, S.A., dar audiencia previa a la parte actora Lahcen Sahamoudi y al Fondo de Garantía Salarial, por término de 15 días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ibérica de Montajes y Servicios de Encofrado, en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 21 de diciembre de 2015

La secretaria judicial