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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miércoles, 13 de enero de 2016 Pág. 1307

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 16 de diciembre de 2015, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2015459AL-PO, incoado por infracciones en materia de seguridad alimentaria.

El 27 de noviembre de 2015, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Pontevedra dictó el acuerdo de inicio del expediente sancionador número 2015459AL-PO, incoado a Tito Castro Guerra, como titular del establecimiento Café Bar Duende.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se le notifica a Tito Castro Guerra el contenido del referido acuerdo que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, avenida Fernández Ladreda, núm. 43, 1º y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La eficacia de esta notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Pontevedra, 16 de diciembre de 2015

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2015459AL-PO.

Denunciado: Tito Castro Guerra, con NIF 76808631Q.

Último domicilio conocido: calle Calzada, 2, 36500, Lalín.

Hecho imputado: supuestas infracciones en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

– Artículos 3, 4.2 y 6.1 y capítulo I puntos 1, 2.d) y 5, capítulo II punto 1.a), b) y f) y 3 y capítulo XII punto 1 del anexo II del Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

– Artículo 18 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requerimientos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

– Artículo 14.1 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

– Artículos 4.1 y 5 del Decreto 204/2012, por el que se crea el Registro Gallego Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios.

Tipificación: se le imputan tres infracciones graves, según el artículo 42.d) y e) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y una infracción leve, según el artículo 41.a) de la misma Ley 8/2008.

Sanción propuesta: nueve mil ciento quince euros y veintiún céntimos de euro (9.115,21 €).

También se confirma la medida cautelar acordada en fecha de 10.11.2015 (SC 30/15 RES) de suspensión temporal de la actividad de elaboración de comidas del establecimiento Café Bar Duende.