Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 5 de enero de 2016 Pág. 253

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 18 de diciembre de 2015, del Área Provincial de Turismo de Ourense, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores OU-S-10/2015 y uno más, por infracciones leves en materia de turismo.

Mediante esta cédula y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se les notifica a las personas que en el anexo se relacionan las resoluciones de los expedientes sancionadores OU-S-10/2015 y uno más, del jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudieron practicar.

Los interesados podrán recoger las correspondientes resoluciones mediante comparecencia en las dependencias del Área Provincial de Turismo, calle Curros Enríquez, 1, 3ª planta, de Ourense.

Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la directora de la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que estime oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme el importe de la multa se deberá abonar en los siguientes plazos: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior, b) publicación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior. El pago se realizará por transferencia bancaria mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias del Servicio de Turismo. De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por vía de apremio, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Hacienda (DOG nº 235, de 5 de diciembre).

Ourense, 18 de diciembre de 2015

Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-S-10/2015.

Titular sancionado: Hava Ozabay Celik.

Establecimiento: Baram Doner Kebab.

Domicilio: Paxaro, 1.

Localidad: Ourense.

Resolución: 5 de noviembre de 2015.

Tipificación de la infracción: artículo 109.2.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.

Sanción: tres cientos (300) euros.

Expediente: OU-S-24/2015.

Titular sancionado: María Adelaida de Almeida Colheo.

Establecimiento: San Roque.

Domicilio: San Roque, 23.

Localidad: A Rúa.

Resolución: 6 de noviembre de 2015.

Tipificación de la infracción: artículo 109.2.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.

Sanción: cien (100) euros.