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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Miércoles, 16 de diciembre de 2015 Pág. 47090

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (80/2015).

ETJ ejecución de títulos judiciales 80/2015

Procedimiento de origen: despido objetivo individual 821/2014

Sobre despido

Demandante: Rosalba Contreras Canales

Abogado: Manuel Castro Fernández

Demandados: Photon Mundial, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)

Yo, María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 80/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosalba Contreras Canales contra Photon Mundial, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Providencia de la magistrada jueza Paula Méndez Domínguez

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2015

Dada cuenta, vista la disponibilidad de la agenda de señalamientos y del escrito presentado por la parte ejecutante, a tenor de lo dispuesto en el artículo 240 de la LRJS y de conformidad con el artículo 238 del mismo texto legal, acuerdo:

Citar de comparecencia a la empresa Photon Platinum Products and Services, S.L. frente a la que se solicita la ampliación de la ejecución, para el próximo día 11.1.2016, a las 13.30 horas, en la Sala de Audiencias número 1 de este juzgado, sita en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, con las advertencias legales y haciéndole saber que debe de asistir con los medios de prueba de que intenten valerse.

La secretaria judicial expedirá las comunicaciones necesarias para hacer efectiva la citación acordada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Photon Mundial, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2015

La secretaria judicial