La Orden de 6 de agosto de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y del Programa de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (Diario Oficial de Galicia núm. 155, de 17 de agosto), establece en su artículo 1.3, en la que se recogen los créditos que financian la orden, que estos importes podrán ser objeto de modificaciones, como consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos para la financiación de los programas de fomento de empleo, con las limitaciones que establezca la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la mencionada orden, con la finalidad de hacer llegar estas al mayor número de personas o entidades beneficiarias posible.
Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me hayan sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1
Se amplía el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, regulado en el capítulo II de la Orden de 6 de agosto de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y del Programa de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (Diario Oficial de Galicia núm. 155, de 17 de agosto) en la siguiente cuantía y aplicación presupuestaria que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2015:
– 11.02.322C.470.0, código de proyecto 2014 00511, en la cuantía de 193.512,23 euros.
Artículo 2
Esta modificación no afecta al plazo establecido en la mencionada orden para la presentación de solicitudes.
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2015
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria