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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Jueves, 10 de diciembre de 2015 Pág. 46319

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (308/2014).

Miguel Gendra Rey, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 308/2014 y acumuladas de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Antonio Castro Santiso, José Pérez Suárez y Julio Nieto Cobas, contra la empresa Semar Aluminio, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Tarrío Fernández, María del Carmen Guillín Rey, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto en fecha de 18 de noviembre de 2015, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva:

Acuerdo: ampliar el embargo trabado sobre los bienes titularidad de Semar Aluminio, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Fernández, María del Carmen Guillín Rey, Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., por importe de 125.775,78 euros en concepto de principal, más 2.143,74 euros en concepto de intereses de mora, más 12.791,95 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, y que a continuación se reseñan:

• Cuentas bancarias y devoluciones tributarias de todos los ejecutados, lo que se llevará a efecto a través de la cuenta de consignaciones judiciales.

• Fincas titularidad de Marcial Garcial, S.L., números 21.137/G04T03, 21.137/G8AT6A, 21.137/G10T07, 21.093/G39AT1/8, 21.093/G35T24, 21093/G41T21, 21.093/G44T31, 21.141 inscritas en el Registro de la Propiedad de Negreira, y la finca número 17.184 inscrita en el Registro de la Propiedad de Cambados,

Se acuerda librar mandamiento al Registro de la Propiedad de Negreira y de Cambados con las indicaciones de la legislación hipotecaria, por duplicado, con la siguiente finalidad:

a) Para que se haga la ampliación de la anotación preventiva del embargo en el Registro de la Propiedad, remitiéndose dicho mandamiento por fax o por cualquier otro medio electrónico establecido en el artículo 162 da LEC), en el día de hoy.

b) Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 656 de la LEC, para que remita certificación de titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados, así como los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.

Notifíquese a Semar Aluminio, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Tarrío Fernández y María del Carmen Guillín Rey, la diligencia de ordenación de 28.8.2015 y de 20.10.2015, y demás que se dicten, por medio de edictos, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado, excepto las resoluciones que la ley previene que se notifiquen a través de edicto que se fijarán en el DOG.

Notifíquese la presente a Semar Aluminio, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Tarrío Fernández y Mª del Carmen Guillín Rey, por medio de edictos en el DOG, a los ejecutantes por fax, a Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura S.L., por correo, y al Fogasa por Lexnet, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El letrado de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Semar Aluminio, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Tarrío Fernández, Mª del Carmen Guillín Rey, expido el presente. Doy fe.

Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2015

El letrado de la Administración de justicia