A los efectos de darle cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santiago de Compostela, en relación con el procedimiento ordinario núm. 346/2015, interpuesto por Alberto Edelmiro Vigo González, contra la Resolución de 6 de agosto de 2015 dictada por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, que desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 2 de julio de 2015, en el expediente de reposición de la legalidad urbanística núm. COR/49/2013, por la que se declaran ilegalizables las obras y actuaciones realizadas en suelo rústico, sin autorización urbanísca autonómica, sitas en el lugar de Corgo, Rialiño, Ayuntamiento de Dodro, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santiago de Compostela.
Al no poder realizar la notificación personal de los emplazamientos, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a José Luis Vigo González y a Diego Vigo Bermúdez para que puedan personarse como interesados en los autos en el plazo de nueve (9) días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2015
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística