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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Lunes, 16 de noviembre de 2015 Pág. 43268

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2015, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vilalba (expediente IN407A 2015/67-2, 8261 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se describe:

Solicitante: Revolta, SAT y San Martiño, SAT.

Domicilio social: A Casanova-Noche-Vilalba.

Denominación: LMTS, CTI y RBTA para suministro eléctrico a explotaciones ganaderas.

Situación: ayuntamiento de Vilalba.

Características técnicas:

1. Línea de media tensión soterrada a 20 kV con origen en el apoyo en el que se ubica el actual CTI A Casanova (12255) y final en el CT proyectado, con una longitud de 862 metros en conductor RHZ1-150 mm.

2. Centro de transformación intemperie proyectado sobre apoyo de celosía, con una potencia proyectada de 160 kVA y una potencia incial de 100 kVA, relación de transformación 20.000/400-230 V.

3. Red de baja tensión aérea formada por dos circuitos, con origen en el centro de transformación proyectado y final en las CXP de los solicitantes.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310) del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

Esta jefatura territorial resuelve, de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 129/2015, de 8 de octubre, y en el 110/2013, de 4 de julio (modificado por el Decreto 116/2014, de 11 de septiembre) por los que se establece la estructura orgánica de la consellería, y en el Decreto 36/2001, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 13 de octubre de 2015

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo