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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Martes, 10 de noviembre de 2015 Pág. 42707

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 2924/2015 PM).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 2924/2015 PM

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 38/2015 Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

Recurrentes: Fogasa

Abogado: Abogacía del Estado Fogasa, A Coruña

Recurridos: Juan Carlos García Rey y Pescados Juan Fernández, S.L.

Abogada: Dolores Gude Sampedro

Procuradora: María Dolores Luisa Villar Pispieiro

M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia judicial de la Sección 1 de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2924/2015 de esta sección, seguidos a instancia de Fogasa contra la empresa Pescados Juan Fernández, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que desestimamos el recurso de suplicación formulado por Fogasa contra la sentencia dictada el 25.3.2015 por el Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela en autos nº 38/2015 sobre despido objetivo, seguidos a instancias de Juan Carlos García Rey y contra el recurrente y la codemandada Pescados Juan Fernández, S.L. en concurso y su administrador concursal Diego Comendador Alonso resolución que se mantiene en su integridad.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones» o «Concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Pescados Juan Fernández, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de octubre de 2015

Letrada de la Administración de justicia