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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Martes, 10 de noviembre de 2015 Pág. 42726

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia y auto de aclaración (1011/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento procedimiento ordinario 1011/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosa Mary López Bravo contra Cosmetológicas SB, S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña.

Sentencia: 496/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: reclamación de cantidad 1011/2014.

Demandante: Rosa Mary López Bravo.

Letrado: Sr. Echagüe Pérez.

Demandada: Cosmetológicas SB, S.L.

Fogasa.

Letrado: Sr. Crespi Rodríguez.

Sentencia: 496/2015.

A Coruña, 23 de julio de 2015.

Fallo:

1. Estimo la demanda formulada por Rosa Mary López Bravo frente a Fogasa y, en consecuencia, condeno a ésta a pagarle a la primera la suma de 7.982,20 euros en concepto del 40 % de la indemnización procedente por despido objetivo.

2. Desestimo la demanda formulada por Rosa Mary López Bravo frente a Cosmetológicas, S.L. y, en consecuencia, le absuelvo de las peticiones dirigidas frente a ella.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña.

Número autos: procedimiento ordinario 1011/2014.

Demandante: Rosa Mary López Bravo.

Demandados: Cosmetológicas SB, S.L., Fondo de Garantía Salarial.

Auto:

Juez: Javier Lopez Cotelo.

A Coruña, 22 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva:

– En el fundamento de derecho II donde dice: «al pago de la cantidad de 7.982,20 euros que suponen el 40 % de la indemnización», ha de decir: «al pago del 40 % de la indemnización procedente si bien con los límites de responsabilidad que para el Fogasa señala el artículo 33 ET».

– En el fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento, donde dice: «la suma de 7.982,20 euros en concepto del 40 % de la indemnización procedente por despido objetivo», habrá de decir: «el 40 % de la indemnización procedente por el despido objetivo con los límites señalados en el artículo 33 ET».

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncia, manda y firma, Javier López Cotelo, juez del Juzgado de refuerzo de A Coruña.

Y para que conste y sirva de notificación a Cosmetológicas SB, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 19 de octubre de 2015

La secretaria judicial