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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Lunes, 9 de noviembre de 2015 Pág. 42615

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (TCD 94/2015).

TCD tercería de dominio 94/2015 0001

Procedimiento origen: ejecución de títulos judiciales 94/2015

Sobre despido

Demandante: Santander Consumer Renting, S.L.

Procurador: José Paz Montero

Demandados: Talleres J. y M. Fernández, S.L., Automóviles J y M Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L., Raúl Ramón Buján Olveira, Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)

Yo, María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de tercería de dominio 1/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Santander Consumer Renting, S.L. contra Talleres J. y M. Fernández, S.L., Automóviles J. y M. Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L., Raúl Ramón Buján Olveira, Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación:

Secretaria judicial: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2015.

1. Consultada la agenda de señalamientos de este juzgado a los efectos de señalar incidente de ejecución del artículo 238 de la LRJS para celebración de vista de la tercería, se señala al efecto el próximo día 24 de noviembre de 2015 a las 10.30 horas.

2. Cítese a las partes y al tercerista, que deberán comparecer con todos los medios de prueba de los que intenten valerse.

3. La citación a las coejecutadas Talleres J. y M. Fernández, S.L. y SS Fernández Concesionario, S.L. se verificará por medio de edicto que se publicará en el DOG, habida cuenta de que dichas entidades se hallan en ignorado paradero.

4. La citación al tercerista y a las demás partes personadas en la ejecución se entenderá practicada con la notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres J. y M. Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2015

La secretaria judicial