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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Viernes, 6 de noviembre de 2015 Pág. 42464

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (75/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento seguridad social 75/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Manuel Rodríguez Lamas contra Semar Aluminio, S.L., Fremap, Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sobre seguridad social, se ha dictado sentencia número 309 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia:

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 75/2013, promovidos ante este juzgado de lo social, sobre incapacidad permanente, a instancia de Juan Manuel Rodríguez Lamas, asistido por la letrada Alicia Muíños Pose contra el INSS, TGSS, asistidos y representados por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, Fuencisla Suárez Berea, contra Fremap, asistida y representada por la letrada Ángeles Gómez Lage, contra Mutual Midat Cyclops, asistida y representada por la letrada Blanca Fernández Dopeso, contra Semar Aluminio, S.L., que no comparece, y Obras y Viales de Galicia, que comparece asistida por el letrado José Roibas Vázquez y representada por el procurador Victorino Regueiro Muñoz, ha dictado la presente sentencia.

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por Juan Manuel Rodríguez Lamas contra el INSS, TGSS, Fremap, Mutual Midat Cyclops, Semar Aluminio, S.L. y Obras y Viales de Galicia, S.L. y, en consecuencia, absuelvo a las demandadas de los pedimentos contenidos en demanda.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Para que sirva de notificación en legal forma a Semar Aluminio, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Santiago de Compostela, 15 de octubre de 2015

La secretaria judicial