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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Viernes, 30 de octubre de 2015 Pág. 41995

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (643/2015).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela hace saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Jorge Olveira González contra José Antonio Ojea Rodríguez, Mejilloneras Xeitoso, C.B., José Ojea Triñanes, María Paula Ojea Rodríguez, María Carmen Ojea Rodríguez, Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), José Ojea e Hijos, S.L., en reclamación por despido, registrado con el número de despido/ceses en general 643/2015 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a José Antonio Ojea Rodríguez, Mejilloneras Xeitoso, C.B., José Ojea Triñanes, María Paula Ojea Rodríguez, María Carmen Ojea Rodríguez, José Ojea e Hijos, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 24 de noviembre de 2015 a las 9.30 horas, en la planta baja, sala 1, Edificio Juzgados calle Berlín, Santiago de Compostela para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio.

Deben asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.3 de la LJS) y, en el caso de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte, deberán comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en parte, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Deben aportar al acto del juicio de documentos referidos por la parte actora en el segundo otrosí digo del escrito de demanda que se encuentra a su disposición en la oficina judicial. Se les advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la LJS).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidos de abogado o representados técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a José Antonio Ojea Rodríguez, a Mejilloneras Xeitoso, C.B., a José Ojea Triñanes, a María Paula Ojea Rodríguez, a María Carmen Ojea Rodríguez y a José Ojea e Hijos, S.L., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2015

La letrada de la Administración de Justicia