Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Miércoles, 28 de octubre de 2015 Pág. 41548

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente IN407A 2015/119-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Hijos de Rivera, S.A.

Domicilio social: calle José María Rivera Corral, 6, polígono A Grela, 15008 A Coruña.

Denominación: CS, CM, LMTS, nuevo trafo de 2.000 kVA en el CT existente.

Situación: polígono A Grela. José Mª Rivera Corral, 6.

Características técnicas: CS y medida: zona de compañía: dos celdas de entrada/salida, una celda de seccionamiento de suministro del abonado; zona del abonado: celda de remonte, celda de seccionamiento, celda de protección general, celda de medida, 2 celdas de salida y 1 para el suministro de las actuales instalaciones. LMTS para interconexión con las instalaciones existentes: RHZ1-2OL 12/20 kV+H16 1×240 Al-40 m. Nuevo transformador seco en el CT existente de 2.000 kVA, 15 kV/400 V TRIHAL, Dyn11, ventilación forzada.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 23 de julio de 2015

P.A. (Decreto 116/2014, de 11 de septiembre; DOG núm. 183, de 25.9.2014)
Mª Mar Ferreiro Broz
Jefa del Servicio de Administración Industrial de A Coruña