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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Jueves, 22 de octubre de 2015 Pág. 40955

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (991/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 991/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Felipe Gutiérrez Suárez contra Cosmetológicas SB, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se han dictado la sentencia y auto de aclaración de la misma cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia: 495/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: reclamación de cantidad 991/2014.

Demandante: Felipe Gutiérrez Fernández.

Letrado: Sra. Muruzábal Pérez.

Demandado: Cosmetológicas SB, S.L.

Fogasa.

Letrado: Sr. Crespi Rodríguez.

A Coruña, 23 de julio de 2015.

Fallo:

1. Estimo la demanda formulada por Felipe Gutiérrez Fernández frente al Fogasa y, en consecuencia, condeno a este a pagarle a la primera la suma de 14.880,52 euros en concepto del 40 % de la indemnización procedente por despido objetivo.

2. Desestimo la demanda formulada por Felipe Gutiérrez Fernández frente a Cosmetológicas, S.L. y, en consecuencia, la absuelvo de las peticiones dirigidas frente a ella.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Número de autos: procedimiento ordinario 991/2014.

Demandante: Felipe Gutiérrez Suárez.

Demandados: Cosmetológicas SB, S.L., Fondo de Garantía Salarial.

Auto:

Juez: Javier López Cotelo.

A Coruña, 22 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva.

– En el fundamento de derecho II, donde dice: «al pago de la cantidad de 14.880,52 euros, que suponen el 40 % de la indemnización», ha de decir: «al pago del 40 % de la indemnización procedente si bien con los límites de responsabilidad que para el Fogasa señala el artículo 33 del ET».

– En fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento, donde dice: «la suma de 14.880,52 euros en concepto del 40 % de la indemnización procedente por despido objetivo», habrá de decir: «el 40 % de la indemnización procedente por el despido objetivo con los límites señalados en el artículo 33 del ET».

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez del Juzgado de refuerzo de A Coruña.

Y para que conste y sirva de notificación a Cosmetológicas SB, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 22 de septiembre de 2015

La secretaria judicial