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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Jueves, 22 de octubre de 2015 Pág. 40960

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (34/2015).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 34/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Luis Miguel Sánchez López contra Caramés Seoane, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña

Sentencia: 556/2015

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido 34/2015

Demandante: Luis Miguel Sánchez López

Letrado: Sr. Pedreira Candal

Demandada: Caramés Seoane, S.L.

Fogasa

A Coruña, 29 de septiembre de 2015.

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por Luis Miguel Sánchez López frente a la empresa Caramés Seoane, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y la extinción de la relación laboral a la fecha de esta sentencia. Todo ello con condena de la empresa indicada al abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

2º. La indemnización a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, asciende a la cantidad de 99.472,84 euros.

3º. El Fogasa habrá de pasar por lo decidido en esta resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez de lo Social de Refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Caramés Seoane, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 29 de septiembre de 2015

La secretaria judicial