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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Martes, 20 de octubre de 2015 Pág. 40726

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ourense

ANUNCIO de la aprobación inicial del proyecto de expropiación forzosa, por el sistema de tasación conjunta, de bienes y derechos incluidos en AR-As Burgas del Plan especial de protección del bien de interés cultural de As Burgas (expediente de Gestión Urbanística 2015008978).

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 1 de octubre de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

16. Aprobación inicial del proyecto de expropiación forzosa, por el sistema de tasación conjunta, de bienes y derechos incluidos en el AR-As Burgas del Plan especial de protección del BIC de As Burgas (expediente nº 2015008978).

1º. Aprobar inicialmente el proyecto de expropiación, por el sistema de tasación conjunta, de los bienes y derechos incluidos en el AR As Burgas, del PEPBICSH de As Burgas, ámbito 10 de la OUP, y autorizar el gasto de 1.599.583,78 euros con cargo a la partida presupuestaria 130.4391.60920 referido a las siguientes parcelas y titulares:

Parcela 1:

Titular: Xardín das Burgas, S.A.

Superficie a expropiar: 2.770 m2.

Justiprecio: 638.597,09 €.

Nº de finca registral: 69.099.

Cargas: hipoteca.

Embargo; titular de la carga: Xunta de Galicia.

Embargo; titular de la carga: Ayuntamiento de Ourense.

Parcela 2:

Titular: Xardín das Burgas, S.A.

Superficie a expropiar: 100 m2.

Justiprecio: 23.054,02 €.

Nº de finca registral: 69.100.

Cargas: hipoteca.

Titular de la carga: Banco Popular Español, S.A.

Embargo; titular de la carga: Xunta de Galicia.

Embargo; titular de la carga: Ayuntamiento de Ourense.

Parcela 3:

Titulares: herederos de Camilo Conde García, Rocío Ojea Álvarez, Antonio Peña Rodríguez y herederos de Asunción García Castro.

Superficie a expropiar: 75 m2.

Justiprecio: 17.289,96 €.

Nº de finca registral: 36.735.

Parcela 4:

Titulares: herederos de Manuel Nemesio Pereira Méndez, María Luisa Marimón Nieves, Luis Soto Rebollo y Prudencia María José Tabarés Lezcano.

Superficie a expropiar: 161 m2.

Justiprecio: 37.117,17 €.

Nº de finca registral: 863.

Parcela 5:

Titular: Roberto Francisco Trapote Blanco.

Superficie a expropiar: 72 m2.

Justiprecio: 16.598,19 €.

Nº de finca registral: 64.539.

Parcela 6:

Titulares: Roberto Francisco Trapote Blanco y María Teresa Sanmartín García.

Superficie a expropiar: 430 m2.

Justiprecio: 99.131,63 €.

Nº de finca registral: 64.538.

Parcela 7:

Titulares: Roberto Francisco Trapote Blanco y María Teresa Sanmartín García.

Superficie a expropiar: 12 m2.

Justiprecio: 2.767,10 €.

Nº de finca registral: 76.923.

Parcela 8:

Titulares: Emilio, José y Manuel Santamaría Airas.

Superficie a expropiar: 860 m2.

Nº de finca registral: 3316.

Parcela 9:

Titulares: Emilio, José y Manuel Santamaría Airas.

Superficie a expropiar: 682 m2.

Nº de finca registral: no inscrita ref. catastral parte de 3577405NG9837N.

Justiprecio parcelas 8 y 9: 765.338,62 €.

2º. Ordenar la apertura del trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción del anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, para que aquellas personas que puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo relativo a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos.

3º. Notificar las tasaciones de forma individual a aquellas personas que aparezcan como titulares de bienes y derechos en el expediente mediante traslado literal de la hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes a partir de la fecha de la notificación.

4º. Solicitar del Registro de la Propiedad la práctica de la nota marginal de incoación del procedimiento de expropiación por tasación conjunta en aquellas fincas afectadas por el mismo que figuren inscritas de acuerdo con el artículo 22 do Real decreto 1093/1997, de 4 de julio.

Régimen de recursos: el presente acuerdo es un acto de trámite, por lo que no cabe la interposición de recurso alguno, sin perjuicio de que la oposición al mismo pueda ser considerada en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Ourense, 9 de octubre de 2015

Jesús Vázquez Abad
Alcalde presidente