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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Lunes, 19 de octubre de 2015 Pág. 40465

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 9 de octubre de 2015 de modificación de la Orden de 10 de agosto de 2015 por la que se modifican los conciertos educativos con centros docentes privados de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación especial y formación profesional.

En virtud de la Orden de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de 10 de agosto de 2015 se modifican los conciertos educativos con centros docentes privados de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación especial y de formación profesional (Diario Oficial de Galicia núm. 155, de 17 de agosto), aprobados por la Orden de 9 de agosto de 2013.

En el anexo I.d) de la mencionada orden, relativo a las modificaciones en el concierto de ciclos formativos de grado medio de formación profesional, se advirtió un error material que es necesario rectificar.

En consecuencia, de conformidad con la Orden de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de 14 de febrero de 2013 (DOG núm. 62, de 1 de abril) por la que se establecen las normas para la aplicación, a partir del curso académico 2013/14, del régimen de conciertos educativos previstos en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, en el Real decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, y en aplicación del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

DISPONGO:

Primero. Corregir el error advertido en el anexo I.d) de la Orden de 10 de agosto de 2015 añadiendo a la modificación publicada para el centro privado concertado Colegio Hogar Afundación de Vigo la que se incluye como anexo de esta orden.

Segundo. Esta orden tendrá efectos económico y administrativos de 1 de septiembre de 2015.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2015

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Código

Denominación

Ayuntamiento

Provincia

Modificación

36011609

Colegio Hogar Afundación

Vigo

Pontevedra

Concertar el 2º curso de Instalaciones de Telecomunicaciones.

Suprimir el concerto del 2º curso de Equipos Electrónicos de Consumo.