Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Miércoles, 14 de octubre de 2015 Pág. 39860

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2150/2015).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2150/2015 de esta sección, seguido a instancia de Fondo de Garantía Salarial contra la empresa Buma Galicia, S.L. y María Ángeles Fernández López, sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

«Diligencia de ordenación de la secretaria judicial María Isabel Freire Corzo.

A Coruña, 22 de septiembre de 2015.

El anterior escrito presentado con fecha 21 de septiembre de 2015, por el letrado habilitado de la Abogacía del Estado, en nombre y representación del Fondo de Garantía Salarial, se une al recurso de su razón. Se tiene por preparado el recurso de casación para unificación de doctrina y se concede a la parte recurrente el plazo de quince días para interponer el recurso ante esta sala, haciéndole saber que los autos se encuentran a su disposición en la oficina judicial para su entrega o examen si lo considera necesario y que deberá señalar un domicilio para notificaciones en la sede del Tribunal Supremo, salvo que ya lo hubiera designado.

Se tienen por efectuadas las manifestaciones contenidas en el otrosí digo del escrito y se expiden las certificaciones de las sentencias que invoca, con expresión de su firmeza, que se unirán a la pieza separada del RCUD una vez se presente el escrito de interposición.

Asimismo, se comunica a la recurrente que no es necesario presentar el justificante del ingreso de las tasas judiciales al interponer el recurso, al no estar sujeto al pago de las mismas, el recurso de casación para unificación de doctrina, según interpretación vinculante de la Agencia Tributaria (consulta nº V3674-13).

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de que la parte recurrida pueda oponerse a la admisión del recurso al personarse ante el Tribunal Supremo.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad Buma Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de septiembre de 2015

La secretaria judicial