En el Diario Oficial de Galicia núm. 126, de 7 de julio de 2015, se publica la Resolución de 29 de junio de 2015, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas, en régimen de concurrencia competitiva, de tecnificación y rendimiento deportivo para el Centro Gallego de Tecnificación Deportiva para la temporada 2015/16 y por la que se procede a su convocatoria, que establece en el artículo 3.5. un plazo de un mes para que las federaciones deportivas gallegas presenten las solicitudes.
Una vez que finalizó el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Análisis estudió la documentación presentada por las federaciones deportivas, que explicaron los proyectos deportivos presentados (anexo II de la convocatoria) y se comprobó el cumplimiento de todos los aspectos establecidos en la convocatoria.
Una vez finalizado el estudio por parte de la Comisión de Análisis, el presidente de ésta remitió la totalidad de la documentación presentada, que cumplió las exigencias contenidas en las bases de la convocatoria a la Comisión de Selección, que fue la encargada de la valoración de las solicitudes recibidas y de formular la propuesta motivada de resolución provisional, que fue comunicada a los solicitantes (federaciones deportivas) expresando los deportistas becados y el régimen de beca concedida.
Finalizados los exámenes de la convocatoria extraordinaria (septiembre), la Comisión de Selección, teniendo en cuenta sus resultados y evaluadas las alegaciones presentadas al listado provisional comunicado a los solicitantes, formula la propuesta motivada de resolución definitiva al titular de la Secretaría General para el Deporte, órgano encargado de resolver sobre la concesión o denegación de las solicitudes presentadas.
Acreditadas las actuaciones llevadas a cabo por la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 4.2 de las bases reguladoras establecidas por la resolución citada y las propuestas formuladas por ésta, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, previo estudio detallado de las solicitudes formuladas en que se comprobaba la concurrencia de los requisitos requeridos, tal y como queda documentado en el acta redactada con ocasión de la sesión de trabajo llevada a cabo con fecha 7 de septiembre de 2015, y vista la propuesta formulada por la citada comisión de selección, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único
1. Otorgar la concesión de becas de tecnificación y rendimiento deportivo para el Centro Gallego de Tecnificación Deportiva, para la temporada 2015/16 a favor de los siguientes deportistas propuestos, identificados por apellidos y nombre, y ordenados por el régimen de beca concedida, una vez aplicados los criterios establecidos en el artículo 11 y 18 de las bases reguladoras del procedimiento.
Los artículos 9 y 16 de la convocatoria establecen la siguiente naturaleza y número de becas a conceder:
Instalaciones del Centro Gallego de Tecnificación situadas en Pontevedra, calle Padre Fernando Olmedo, 1:
Grupo de tecnificación.
Deportistas que cumplan 15, 16, 17 o 18 años en el 2016 (nacidos en los años 2001, 2000, 1999 y 1998).
– Plaza de residente: residentes de fuera del Ayuntamiento de Pontevedra.
Beneficios de la plaza: matrícula en el IES adscrito al centro, alojamiento (de domingo a jueves) y manutención completa (de lunes a viernes), servicio de lavandería, incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo, servicio de fisioterapia y tutoría.
– Plaza de externo 1: residentes en el Ayuntamiento de Pontevedra.
Beneficios de la plaza: matrícula en el IES adscrito al centro, comer en el comedor de la residencia (de lunes a viernes), incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo, servicio de fisioterapia y tutoría.
Grupo de rendimiento.
Deportistas de más de 18 años.
– Plaza de residente: deportistas que cumplan de 19 a 25 años en 2016 (nacidos del año 1997 al 1991) que residan fuera del Ayuntamiento de Pontevedra, que estén matriculados en algún centro educativo.
Beneficios de la plaza: alojamiento (de lunes a domingo) y manutención completa (de lunes a viernes), servicio de lavandería, incorporación al grupo de entrenamiento da su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Plaza de externo 2: deportistas que cumplan de 19 a 25 años en el 2016 (nacidos del año 1997 al 1991).
Beneficios de la plaza: almuerzo en el comedor de la residencia (de lunes a viernes), incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Plaza de externo 3: deportistas mayores de 18 años.
Beneficios de la plaza: instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Élite: deportistas mayores de 25 años.
Beneficios de la plaza: almuerzo en el comedor de la residencia (de lunes a viernes), instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
La adjudicación del tipo de plaza (externo 2, externo 3 o élite) está determinada además por la aplicación de los criterios establecidos en el apartado sexto de la convocatoria.
– Número de becas.
Se convocan un máximo de 195 plazas.
Grupo de tecnificación:
Hasta 80 plazas de residente.
Hasta 10 plazas de externo 1.
Grupo de rendimiento:
Hasta 12 plazas de residente (grupo rendimiento).
Externo 2, externo 3 y élite, hasta un máximo de 93 plazas. La decisión de la Comisión de Selección según los criterios establecidos en el apartado sexto de la convocatoria.
Instalaciones del Centro Gallego de Vela, situado en la Rampa de Cavadelo, s/n, en la localidad de Vilagarcía de Arousa:
Deportistas que naveguen en clases olímpicas de tecnificación así como de alto rendimiento (con posibilidad de clasificación para Río 2016) y con 16 años cumplidos en adelante.
Los beneficios de esta beca conllevarán la utilización de las instalaciones del Centro Gallego de vela situado en la Rampa de Cavadelo, s/n, en la localidad de Vilagarcía de Arousa y el acceso a los medios técnicos (entrenadores) a disposición del centro.
El número de becas convocado es un máximo de 25 plazas.
La Secretaría General para el Deporte, vista la propuesta de la Comisión de Selección, podrá cubrir o no la totalidad de las plazas ofertadas en ambas instalaciones.
2. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente:
a) Recurso potestativo de reposición ante el Secretario General para el Deporte en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, si ésta fuera expresa, o de tres meses contados a partir del siguiente a aquél en el que se produzca el acto presunto.
b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, si ésta fuera expresa, o de seis meses contados a partir del siguiente a aquél en el que se produzca el acto presunto.
Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2015
José Ramón Lete Lasa
Secretario general para el Deporte