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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Viernes, 2 de octubre de 2015 Pág. 38655

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (402/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 402/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Eduardo Fontao Gómez contra Sociedad Cooperativa Copas de responsabilidad limitada y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 276, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2015.

María Mercedes Pena Moreira, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, vistos los presentes autos de juicio ordinario número 402/2014, sobre reclamación de cantidad, instados por Eduardo Fontao Gómez, que compareció al acto de la vista asistido del letrado Evaristo Corujo Martínez, constando como parte demandada la mercantil Copas, Sociedad Cooperativa Gallega, que no comparece, ha pronunciado la siguiente sentencia,

(…)

Fallo:

Se estima la demanda formulada por Eduardo Fontao Gómez frente a Copas, Sociedad Cooperativa Gallega y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Copas, Sociedad Cooperativa Gallega a abonar a Francisco Manuel Paz Mejide la cantidad de cinco mil doscientos cincuenta y siete euros con cuatro céntimos de euro (5.257,04 euros), devengando los conceptos salariales el interés previsto en el artículo 29.3 del ET.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, María Mercedes Pena Moreira, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Copas, Sociedad Cooperativa Gallega, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2015

La secretaria judicial