El día 16 de diciembre de 2014, el Servicio de Protección de Menores de la Consellería de Trabajo y Bienestar requirió a Ana María López Amarante una documentación indispensable en relación a su expediente, 025/2005/2.
Intentada la notificación de este requerimiento y según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y al no ser posible su práctica, por medio de la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica a Ana María López Amarante el contenido de este requerimiento que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.
Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Santiago de Compostela, 29 de julio de 2015
María Amparo González Méndez
Directora general de Familia e Inclusión
ANEXO
Ana María López Amarante.
DNI: 33850934-V.
Una vez revisado su expediente, 025/2005/2, comprobamos que están pendientes trámites indispensables para la continuación del procedimiento.
A tal efecto, le comunicamos que puede comparecer en el Servicio de Protección de Menores, sito en el Edificio Administrativo San Caetano, s/n, de Santiago de Compostela, en el plazo improrrogable de 10 días desde que se publique esta cédula, en horario de atención al público (en horario de 9.00 a 14.00 horas) para poder consultar su expediente.
Consellería de Trabajo y Bienestar.
Dirección General de Familia e Inclusión.
Servicio de Protección de Menores.
Edificio Administrativo San Caetano, s/n.
15781 Santiago de Compostela.
A Coruña.