De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador por infracción en el orden social (materia relaciones laborales), devuelta por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, ésta no pudo efectuarse.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso de alzada ante la directora general de Trabajo y Economía Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 48 y 115.1 de la Ley 30/1992, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que considere pertinente.
La interesada durante este plazo podrá presentarse ante el Servicio de Trabajo y Economía Social de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar en Lugo, situada en ronda de la Muralla, 70, planta baja, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, a los efectos de conocer íntegramente el contenido de la resolución.
Se le advierte de que de no ser interpuesto éste en tiempo y forma, la resolución adquirirá firmeza.
Lugo, 2 de septiembre de 2015
Alberto Linares Fernández
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
Empresa |
Dirección |
NIF |
Expediente |
Preceptos |
Preceptos |
Fecha de la resolución |
Estación de Servicio Valle de Oro, S.L. |
A Ferreira, s/n, O Valadouro, Lugo |
B27003466 |
67/2014 |
Artículo 4.2.a) del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores |
Artículo 7.10 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social |
26 de mayo de 2015 |