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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Miércoles, 23 de septiembre de 2015 Pág. 37532

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1035/2012).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1035/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Ferrer Álvarez, Cristian Mejías Sánchez y Elizabeth Vásquez Arias contra la empresa Rosas y Grelos, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Sentencia: 414/2015.

Autos número 1035/2015.

En la ciudad de A Coruña a 3 de septiembre del año 2015.

Javier Fraga Mandián, juez sustituto de este órgano jurisdiccional, tras haber visto los presentes autos registrados con el número arriba indicado, promovidos por Cristian Mejías Sánchez, Elizabeth Vásquez Arias y Alberto Ferrer Álvarez, representados por la letrada Cristina Gómez Lozano, contra la empresa Rosas y Grelos, S.L. y el Fogasa, que no comparecen al acto de juicio, no obstante su citación en forma, ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente resolución:

Sentencia.

Fallo:

1º. Que, estimando íntegramente la demanda promovida por Cristian Mejías Sánchez en cuanto se dirigió contra la entidad Rosas y Grelos, S.L., debo condenarla y la condeno a que abone al actor la cantidad de 3.942,82 euros incrementada con el 10 % de interés en concepto de mora computado en la forma indicada en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

2º. Que, estimando, igualmente de modo íntegro, la demanda promovida por Elizabeth Vásquez Arias en cuanto se dirigió contra la misma demandada, debo condenarla y la condeno a que abone a la actora la cantidad de 6.541,25 euros incrementada con el 10 % de interés en concepto de mora computado en la forma indicada en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

3º. Que, estimando, también de modo íntegro, la demanda promovida por Alberto Ferrer Álvarez en cuanto se dirigió contra la aludida demandada, debo condenarla y la condeno a que abone al actor la cantidad de 7.732,65 euros incrementada con el 10 % de interés en concepto de mora computado en la forma indicada en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución.

4º. Que, asimismo, debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por las condenas impuestas a la aludida codemandada.

5º. No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra ella, pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, y que será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy el magistrado juez deposita en la Secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Misma fecha que la sentencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rosas y Grelos, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de septiembre de 2015

María Jesús Hernando Arenas
Secretaria judicial