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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 7 de septiembre de 2015 Pág. 36165

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 19 de agosto de 2015 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 22 de mayo de 2014, devuelta por el servicio de Correos por resultar su interesado ausente en el reparto (expediente IU2/3/2013-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 30 de julio de 2015, dictó resolución por la que no se admite por extemporáneo el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 22 de mayo de 2014, de la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en relación con las obras consistentes en la construcción de una edificación para la guarda de aperos de labranza y usos agrícolas, en el lugar de O Casal 1B, en el término municipal de Marín, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Enrique Villanueva Villanueva, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispusto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 19 de agosto de 2015

P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística