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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 7 de septiembre de 2015 Pág. 36157

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 13 de agosto de 2015 por la que se notifica la resolución del procedimiento sancionador y de reposición de la legalidad urbanística por actuaciones abusivas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, devuelta por el servicio de Correos por resultar sus interesados ausentes en el reparto (expediente POL/101/2014).

La Dirección de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 22 de julio de 2015, dictó resolución por la que se declara prescrita, por el transcurso del plazo legalmente establecido, la infracción de construcción de una terraza en una edificación destinada a cafetería (Tapería A Illa), en la isla de San Bartolomeu, parroquia de Meira, en el término municipal de Moaña, y se ordena a los herederos de Manuel Fervenza Costa y a otra persona la restitución de las cosas y su reposición al estado anterior de la comisión de la infracción, a cuyo efecto deberán proceder a la completa demolición de las obras de la terraza en el plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación de la resolución, dando cuenta a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística y advirtiendo expresamente que, transcurrido el plazo concedido sin que diesen cumplimiento en sus justos términos a lo ordenado, se procederá a la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas o bien a través de la ejecución subsidiaria por cuenta de los infractores y a su costa. Todo esto conforme a lo dispuesto en los artículos 107 de la Ley de costas y 199 y 200 de su reglamento, en relación con los artículos 93 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a los citados interesados, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso de reposición, podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela o ante el de la circunscripción donde el recurrente tenga su domicilio, a elección de éste, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2015

P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística