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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Viernes, 28 de agosto de 2015 Pág. 35090

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2015 por la que se convoca una jornada sobre respuesta a la contaminación marina accidental por sustancias nocivas potencialmente peligrosas, cofinanciada con el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 de Galicia.

El intenso tráfico marítimo, junto con las actividades antropogénicas asociadas al litoral de Galicia, suponen un riesgo potencial de contaminación de las zonas costeras. En este contexto, la ciudadanía debe contar con la seguridad de que se establecen los mecanismos necesarios para la protección de los bienes con importancia socioeconómica y ambiental ante episodios de contaminación accidental.

El Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos de 1990 (OPRC 90), en vigor en España desde el 13 de mayo de 1995, y su Protocolo sobre sustancias nocivas y potencialmente peligrosas
(OPRC-HNS 2000), en vigor en España desde el 14 de junio de 2007, tienen como objetivo la cooperación internacional y la asistencia mutua en incidentes mayores de contaminación marina, y el desarrollo y mantenimiento en los Estados parte de la adecuada capacidad de preparación y respuesta a emergencias de contaminación marina. Ambos establecen la obligación de elaborar planes específicos de preparación y lucha contra la contaminación en los cuales se tengan en cuenta las directrices elaboradas por la Organización Marítima Internacional. Para cumplir con estas obligaciones la Administración estatal aprobó el Real decreto 1695/2012, de 21 de diciembre (BOE número 13, de 15 de enero de 2013), por el que se aprueba el Sistema nacional de respuesta ante la contaminación marina.

La Constitución española habilita a las comunidades autónomas para establecer normas adicionales de protección del ambiente. La Comunidad Autónoma de Galicia asumió, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de autonomía en el artículo 27, número 30, la competencia exclusiva de establecer «normas adicionales sobre protección del ambiente y del paisaje en los términos del artículo 149.1.23». Asimismo, en el artículo 29, número 4, Galicia asumió la competencia autonómica para la ejecución de la legislación del Estado en la materia de «vertidos industriales y contaminantes en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral gallego».

El 18 de julio de 2012 se publicó el Decreto 155/2012, de 5 de julio, por el que se regula la estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental de la Comunidad Autónoma de Galicia. Este decreto tiene por objeto regular la estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental de la Comunidad Autónoma de Galicia (plan Camgal), así como establecer las disposiciones generales, la organización operativa y las medidas para su implementación. Asimismo, el plan Camgal regula en su capítulo VII la elaboración de los planes locales estableciendo sus objetivos y funciones, así como su contenido mínimo y la estructura de los órganos de dirección y respuesta.

El proyecto europeo Arcopol Platform, encuadrado dentro del programa transnacional Espacio Atlántico y coordinado desde Galicia, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad marítima en el espacio atlántico y reforzar la protección de las regiones costeras frente a la contaminación marina. En este sentido, en el proyecto se trabajan con especial interés aquellos aspectos que mejoren la preparación de las autoridades locales y regionales involucradas en la respuesta a los vertidos marinos accidentales de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas que puedan afectar a las costas.

Dentro de las actividades programadas para el año 2015, y con arreglo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de una jornada sobre respuesta a la contaminación marina accidental por sustancias nocivas potencialmente peligrosas, conforme a las siguientes bases:

Primera. Datos de la actividad

Tipo: jornada.

Denominación: respuesta a la contaminación marina accidental por sustancias nocivas potencialmente peligrosas.

Modalidad: presencial.

Ediciones: 1.

Horas lectivas: 8.

Plazas: limitadas por la capacidad del local.

Segunda. Objetivos y contenido

– Objetivos:

• Conocer el marco normativo básico que regula las operaciones de respuesta a la contaminación marina accidental: el Sistema nacional de respuesta, el plan Camgal y los planes locales.

• Conocer cuales son los principales peligros que supone el transporte marítimo de sustancias nocivas potencialmente peligrosas.

• Conocer los materiales, protocolos y técnicas de actuación de los servicios de emergencia.

• Conocer cuales son los principales métodos de respuesta a la contaminación por sustancias nocivas potencialmente peligrosas y su adaptación a las operaciones tanto en el mar como en la costa.

– Contenido:

• El Sistema nacional de respuesta, el Plan territorial de Galicia (plan Camgal) y los planes locales.

• Información generada en el proyecto Arcopol Platform de utilidad en la lucha contra la contaminación marina accidental.

• Identificación de las sustancias nocivas potencialmente peligrosas más frecuentemente transportadas por mar.

• Equipos de protección personal en la lucha contra las sustancias nocivas potencialmente peligrosas.

• Actuaciones de respuesta en la lucha contra las sustancias nocivas potencialmente peligrosas I. Organización de respuesta. Teoría y práctica.

• Actuaciones de respuesta en la lucha contra las sustancias nocivas potencialmente peligrosas II. Protocolos de respuesta. Teoría y práctica.

Tercera. Destinatarios/as.

Personal del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia), personal del Servicio de Guardacostas de Galicia, personal del partenariado del proyecto Arcopol Platform y otras personas interesadas en el tema.

Cuarta. Desarrollo de la actividad

– Lugar: Agasp (avenida de la Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra).

– Fechas: 29 de septiembre de 2015.

– Horario: de 10.00 a 18.00 horas.

– Uniformidad: es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.

Quinta. Inscripción

a) El personal que desee participar en la jornada convocada en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matricula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.es), y no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de que no sean correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán darse previamente de alta en la misma, para lo que es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) El plazo de inscripción empieza el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 7 de septiembre.

La inscripción podrá realizarse hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico
formacion.emerxencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

e) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año a computar desde el momento en que se detecte el hecho.

f) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

g) No está permitida la realización de cursos que tenga simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos.

Sexta. Criterios de selección

1. Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según el dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes acrecentarán las del turno general.

2. Según el orden de presentación de las solicitudes.

Séptima. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comuniquen su imposibilidad de asistencia con al menos 48 horas de antelación al comienzo de la misma. Dicha renuncia deberá comunicarse por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección
formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Octava. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

Novena. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp, mencionado en la base número 8 de esta convocatoria, regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y sólo en los casos en que la inasistencia a las clases estuviese motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. Sin embargo, aunque las ausencias acumuladas no lleguen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de éstas y el comportamiento y actitud de la/el alumna/o a lo largo del curso».

Décima. Certificado de asistencia

Al finalizar la actividad se les entregará un certificado de asistencia a aquellas personas que acrediten su participación continuada.

Undécima. Financiación de la actividad

Esta actividad es cofinanciada en un 80 % por el Fondo Social Europeo dentro del programa operativo Fondo Social Europeo de Galicia 2007-2013, en el eje 3, tema prioritario 72.

Duodécima. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir las jornadas, ampliar nuevas ediciones de las mismas o suspenderlas temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 21 de agosto de 2015

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública