Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Miércoles, 26 de agosto de 2015 Pág. 34832

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ribeira

EDICTO (254/2014).

Inmaculada Pulido Domínguez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 (VSM) de los de Ribeira y su partido.

Doy fe y certifico que en los autos de medidas paternofiliales seguidas ante este juzgado con el número 254/2014 recayó sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 4/2015.

Ribeira, 13 de enero de 2015.

Visto por mí, María Cristina Fernández Fernández, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ribeira y su partido judicial, los presentes autos de juicio de guarda y custodia y alimentos de mutuo acuerdo seguidos ante este juzgado con el número 254/2014 a instancia de Yolanda Muñoz Giménez, y con el consentimiento de Guillermo Díaz Petrovich, representada, la primera, por la procuradora Sra. Martínez Rodríguez y asistida por la letrada Sra. Bermúdez Quintáns, y el segundo sin representación y defensa técnicas, y en los que ha intervenido el Ministerio Fiscal, se procede

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Martínez Rodríguez, en nombre y representación de Yolanda Muñoz Giménez, y con el consentimiento de Guillermo Díaz Petrovich, debo declarar y declaro la aprobación del convenio regulador propuesto de fecha 5 de noviembre de 2014 con el contenido que obra en las actuaciones.

Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Lo preinserto coincide con su original, al que por su mayor extensión me remito.

Y para que conste y su remisión al Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma al demandado Guillermo Díaz Petrovich, expido y firmo el presente edicto.

Ribeira, 31 de julio de 2015

La secretaria judicial