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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Lunes, 24 de agosto de 2015 Pág. 34634

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (1016/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1016/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Carlos Pardo Verde contra Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«Que, estimando íntegramente las demandas de despido y resolución contractual y reclamación de cantidad interpuestas por José Carlos Pardo Verde, contra Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., efectúo los pronunciamientos siguientes:

1. Debo declarar y declaro la improcedencia del despido del demandante efectuado por la demandada Estructuras Metálicas Gallegas, S.L. con fecha de efectos el día 16 de enero de 2015, y, no siendo realizable la readmisión del trabajador demandante, debo declarar y declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral existente entre el demandante y la mercantil demandada.

2. Debo declarar y declaro, asimismo, extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral entre el demandante y la mercantil demandada por incumplimiento contractual grave imputable a la mercantil demandada.

3. Debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que le abone al actor la suma de 23.460,78 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral a fecha de esta resolución.

4. Debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que le abone al demandante la suma de 11.571 euros en concepto de diferencias salariales y salarios con el desglose efectuado en el hecho probado tercero de esta resolución, más los intereses del artículo 29.3 del ET sobre esta última cantidad desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución.

5. En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de agosto de 2015

La secretaria judicial