En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se relaciona, la incoación del expediente sancionador OU-S-31/2015 ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar.
Dispone de un plazo de quince días para presentar, ante el instructor del procedimiento, alegaciones, documentos e informaciones que estime convenientes, así como proponer que se practiquen los medios de prueba de que pretenda valerse.
Expediente: OU-S-31/2015.
Titular sancionada: Altagracia Soto Martínez.
Establecimiento: Gran Rancho.
Domicilio: Nacional, 532, km 11.
Localidad: Verín.
Incoación: 2 de julio de 2015.
Preceptos infringidos: artículos 109.2.a), 109.2.b) y 109.2.c) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.
Ourense, 10 de agosto de 2015
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense