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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Martes, 18 de agosto de 2015 Pág. 33871

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (237/2013).

Yo, María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 237/2013, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Ángel Fandiño López y José Francisco Martínez Estrada contra Esabe Vigilancia, S.A. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha acordado notificar a Esabe Vigilancia, S.A. el fallo de sentencia siguiente:

«Fallo:

Primero. Que, estimando íntegramente la demanda promovida por Manuel Ángel Fandiño López contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., debo condenarla y la condeno a que abone al actor la cantidad de 8.986,27 €.

Segundo. Que, estimando igualmente de manera íntegra la demanda interpuesta por José Francisco Martínez Estrada contra la misma empresa, debo condenarla y la condeno a que le abone la cantidad de 7.477,64 €.

Tercero. Que, asimismo, debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por la condena impuesta a la aludida codemandada.

Cuarto. No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, y que será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que, en la misma fecha de la sentencia, se deposita en la Secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Seguidamente, se libra testimonio de la sentencia para su unión a los autos. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de julio de 2015

La secretaria judicial