Visto el expediente para otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Domicilio social: c/ Alfonso XII, 3-5, 28014 Madrid.
Denominación: LMT, CT1 y LMT, CT2 para bibilioteca y archivo histórico, respectivamente.
Situación: Ourense.
Características técnicas:
– LMT biblioteca: LMT subterránea de 17 m de longitud a 20 kV, con conductor
RHZ1- 2OL 12/20 kV 3 (1×240 mm2), que discurre entre el centro de seccionamiento del expediente 2014/037 y el CT biblioteca.
– CT1 biblioteca: aparamenta para el nivel de tensión 20 kV, celda modular de remonte, celda modular de protección de transformador y celda de medida. Transformador trifásico de potencia 630 kVA y R/T 20.000/400-230 V.
– LMT archivo: LMT subterránea de 10 m de longitud a 20 kV, con conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×95 mm2), que discurre entre el centro de seccionamiento del expediente 2014/37 y el CT archivo.
– CT2 archivo: aparamenta para el nivel de tensión 20 kV, celda modular de remonte, celda modular de protección y transformador y celda de medida. Transformador trifásico de potencia 630 kVA y R/T 20.000/400-230 V.
Presupuesto: 71.654,87 euros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 12 de mayo de 2015
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense