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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Viernes, 14 de agosto de 2015 Pág. 33476

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (747/2014).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 747/2014 de esta Sección, seguido a instancia de Tesoreria General d la Seguridad Social contra Andrea Poledna, Yaneth Torrado Arevalo, Agnieszka Girejko, Lilian Rocío Pico Martínez , Janete López Pimentel , Cleice Marinho de Souza sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial María Isabel Freire Corzo.

En A Coruña, 27 de julio de 2015.

El anterior escrito presentado por el letrado de la adminisrracion de la seguridad social en nombre y representación de Tesorería General de la Seguridad Social , se une al recurso de su razón. Se tiene por preparado el recurso de casación para unificación de doctrina y se concede a la parte recurrente el plazo de quince días para interponer el recurso ante esta Sala, haciéndole saber que los autos se encuentran a su disposición en la oficina judicial para su entrega o examen, si lo considera necesario, y que deberá señalar un domicilio para notificaciones en la sede del Tribunal Supremo, salvo que ya lo hubiera designado.

Requiérase a la recurrente para que aporte en el momento de interposición del recurso, certificación de la/s sentencia/s que invoca con expresión de su firmeza.

Líbrese edicto al Diario Oficial de Galicia para la notificación de la presente resolución a Girejko Agnieszka, Poledna Andre, Marinho de Souza Cleice, Pico Martínez, Llian Rocío y Lopez Pimentel, Janete.

Asimismo, se comunica a la recurrente que no es necesario presentar el justificante del ingreso de las tasas judiciales al interponer el recurso, al no estar sujeto al pago de las mismas, el recurso de casación para unificación de doctrina, según interpretación vinculante de la Agencia Tributaria (Consulta nº V3674-13).

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de que la parte recurrida pueda oponerse a la admisión del recurso al personarse ante el Tribunal Supremo.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Girejko Agnieszka, Poledna Andre, Marinho de Souza Cleice, Pico Martínez, Llian Rocio y López Pimentel, Janete, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de julio de 2015

La secretaria judicial