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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Jueves, 13 de agosto de 2015 Pág. 33275

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (38/2015).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 38/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Antonio González Fernández contra Caramés Seoane, S.L. y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado sentencia el día 22 de julio de 2015 cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Fallo.

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por José Antonio González Fernández frente a la empresa Caramés Seoane, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y condeno a la demandada a que readmita inmediatamente al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien, a elección de la empresa, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo. Todo ello con abono, en el caso de opción por la readmisión, de los salarios de tramitación que no haya percibido hasta la notificación de la presente sentencia.

Dicha opción deberá ejercitarse en cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que se hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. La indemnización y los salarios de tramitación a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, son los siguientes:

– En concepto de indemnización, y de optar la empresa por ella, la cantidad de 34.164 euros.

– En concepto de salarios de trámite, para el caso de opción por la readmisión, los dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de la presente sentencia, calculados a razón de 47,45 euros/día.

3º. El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo de A Coruña».

Para que conste y se publique en el Diario Oficial de Galicia con el fin de que sirva de notificación a la empresa demandada Caramés Seoane, S.L., con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en el tablón de anuncios del juzgado salvo las que revistan la forma de emplazamientos, sentencias y autos, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 23 de julio de 2015

La secretaria judicial