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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Martes, 11 de agosto de 2015 Pág. 32951

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2015 por la que se amplía el crédito para el año 2015 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.

Con fecha de 18 de marzo de 2015 se publicó en el DOG núm. 53 la Resolución de 6 de marzo de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a ayuntamientos para el fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se anuncia la convocatoria para el año 2015.

El artículo 3.1 de las bases reguladoras dispone que las subvenciones objeto de esta resolución se imputarán con un crédito de 1.333.333 € a la aplicación presupuestaria 04 A2 761 A 760.0, proyecto 2015 00014, cofinanciada en un 75 % con fondos Feader, en un 12,13 % con fondos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y en un 12,87 % con fondos propios de la comunidad autónoma, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, lo que podrá dar lugar a la posibilidad de atender nuevas solicitudes que podrán significar la subvención oportuna, de acuerdo con el orden de incoación de los expedientes.

La incorporación de fondos adicionales en la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.760.0 procedentes de la reasignación de créditos del Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013 (PDR), permiten la ampliación de los fondos inicialmente previstos, siendo, además, necesaria esta ampliación a la vista de las solicitudes de ayuda presentadas.

Por lo expuesto y en virtud de las facultades conferidas

RESUELVO:

Artículo único

Se amplía la dotación presupuestaria que se establece en la Resolución de 6 de marzo de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se anuncia la convocatoria para el año 2015, en los siguientes importes y aplicación presupuestaria de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia:

Concepto presupuestario

Código del proyecto

Tasa cofinanciación

Anualidad 2015

Total ampliación

04.A2.761A.760.0

2015 00014

Feader

75 %

500.0000

666.666,67 €

Fondos propios

12,87 %

85.800

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

12,13 %

80.866,67

Conforme a lo expuesto, la dotación presupuestaria total para la financiación de esta resolución es la siguiente:

Concepto presupuestario

Código del proyecto

Tasa cofinaciación

Anualidad 2015

Total ampliación

04.A2.761A.760.0

2015 00014

Feader

75 %

1.499.999,75

1.999.999,67 €

Fondos propios

12,87 %

257.399,96

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

12,13 %

242.599,96

Disposición adicional única

Esta modificación presupuestaria no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Resolución de 6 de marzo de 2015.

Disposición final

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente:

a) Recurso potestativo de reposición ante la Dirección de la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.

Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2015

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia