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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Lunes, 10 de agosto de 2015 Pág. 32801

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1082/2014).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 1082/2014MRA

Juzgado de origen/autos: p. oficio autoridad laboral 866/2013, Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrente: Tesorería General de la Seguridad Social

Abogado: Servicio Jurídico de la Seguridad Social

Recurridos: Inversiones Comodín, S.L., Laura Estela Ramírez Calderón, Rose Orobor, Luz Julieta Castaño Vargas, Noelia Muñoz Curras, Zury Edilma Benalcázar Paz

Abogada: María del Carmen Argiz Vilar

Procurador: Juan Antonio Garrido Pardo

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1082/2014 de esta sección, seguido a instancia de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Inversiones Comodín, S.L., Laura Estela Ramírez Calderón, Rose Orobor, Luz Julieta Castaño Vargas, Noelia Muñoz Curras y Zury Edilma Benalcázar Paz, sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, de 12 de diciembre de 2013, en autos número 866/2013, que confirmamos.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de los cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Laura Estela Ramírez Calderón, Rose Orebor, Luz Julieta Castaño Vargas, Ruy Edilma Benalcázar Paz, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 17 de julio de 2015

La secretaria judicial