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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Lunes, 10 de agosto de 2015 Pág. 32861

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 16 de julio de 2015, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica el acuerdo de iniciación de 16 de junio de 2015 relativo al expediente sancionador LU-19/2015, por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al interesado que a continuación se relaciona el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo, por infracción administrativa de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia, expediente número LU-19/2015, incoado al titular del establecimiento de A Pobra de San Xiao denominado Camaleón, situado en el Campo da Feira, s/n, ayuntamiento de Láncara (Lugo), ya que intentada la notificación por los medios habituales no pudo practicarse.

Se nombra instructora del procedimiento a Mercedes Campos Casares y secretaria a Carmen Enríquez Rio, funcionarias de este área provincial, siendo su régimen de recusación el previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Según lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos o informaciones consideren convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2 del Real decreto 1398/1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en este Área Provincial de Turismo, sito en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en la ronda de la Muralla de Lugo.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es la jefa del Área Provincial de Turismo en Lugo, según lo dispuesto en el artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, y en el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Axencia de Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE núm. 189, de 9 de agosto).

Lugo, 16 de julio de 2015

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo

anexo

Expediente: LU-19/2015.

Denunciado: Pub Camaleón, S.L.

Establecimiento: Pub Camaleón.

Dirección: Campo da Feira, s/n.

Localidad: A Pobra de San Xiao.

Hechos denunciados: incumplir el deber de exhibir los carteles exigidos por la normativa turística. Carecer de hojas de reclamaciones y de la lista de precios de venta al público.

Preceptos infringidos: artículo 35, apartados f) y g) de la Ley 7/2011.

Tipificación de la infracción: artículo 109.2 a) y b) de la Ley 7/2011.

Calificación: leve.

Sanción: 400 €.