Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Jueves, 6 de agosto de 2015 Pág. 32437

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (832/2011).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 832/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Creo Varela contra Reale Seguros Generales, S.A. y Fernando Pérez Rodríguez, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 382, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia

En Santiago de Compostela a 26 de septiembre de 2014

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 832/2011, promovidos ante este juzgado de lo social sobre mejora social complementaria, a instancia de José Creo Varela, asistido por la letrada Marisol Romero Salgado contra la entidad Reale Seguros Generales, S.A., representada por el procurador Victorino Regueiro Muños y asistido por la letrada Marta Arnejo Grille, y contra la empresa Fernando Pérez Rodríguez, que comparece por sí mismo, ha dictado la presente sentencia.

(…)

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por José Creo Varela contra Reale Seguros Generales, S.A. y la empresa Fernando Pérez Rodríguez y, en consecuencia, condeno a la entidad aseguradora al abono de 13.000 euros más los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de contrato de seguro computados desde el 29 de marzo de 2011 y a la empresa codemandada al abono de 13.000 euros incrementados con los intereses de los artículos 1108 y siguientes del Código civil desde el 28 de junio de 2011.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fernando Pérez Rodríguez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de julio de 2015

La secretaria judicial