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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Viernes, 31 de julio de 2015 Pág. 31992

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 9 de julio de 2015, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se notifica resolución del expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social RL 2010/0333-4.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.

Dispone de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Trabajo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta, en Vigo (Pontevedra), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Expediente: RL 2010/0333-4.

Acta: I362010000110885.

Empresa: Terminales Marítimas del Atlántico, S.L.

DNI/NIF: B-36885283.

Dirección: c/ Castelar, 11-3º, Vigo.

Materia: seguridad y salud.

Preceptos infringidos: artículos 14, 15 y 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Preceptos sancionadores: artículos 12.6, 39.3.c) y 40.2.b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Fecha de la resolución: 30.6.2015.

Resolución: multa de 4.000 €.

Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la directora general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.

Vigo, 9 de julio de 2015

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo