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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Jueves, 30 de julio de 2015 Pág. 31821

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1219/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Carlos Rodríguez Míguez y Daniel García Salado contra la empresa Turcividanes, S.L., sobre cantidad, se ha dictado fallo en la siguiente resolución, que dice lo siguiente:

«Fallo que, estimando en parte la demanda interpuesta por los actores Alberto Carlos Rodríguez Míguez y Daniel García Salado, con intervención del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Turcividanes, S.L. a que abone a los actores la siguiente cantidad: 4.763,85 € a favor del Sr. Rodríguez y 5.556,08 € a favor del Sr. García,

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco dias a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad, 1532 0000 60 1219 12

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicaión. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que, en la misma fecha de la sentencia, se deposita en la secretaría de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Seguidamente, se libra testimonio de la sentencia para su unión a los autos. Doy fe».

Y para que sirva de notificación a Turcividanes, S.L., en legal forma, expido la presente para su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

A Coruña, 10 de julio de 2015

La secretaria judicial