Sandra Rosa Pérez Gómez, secretaria judicial, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, por el presente, anuncio:
En el presente procedimiento ordinario 296/2014, seguido a instancia de Hormigones Laracha, S.L. frente a Juan Pablo López Sande, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia nº 69/2015.
En A Coruña a 22 de abril de 2015.
Vistos por Nuria Fachal Noguer, magistrada jueza en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, los autos del juicio ordinario 296/2014-R, sobre reclamación al administrador por deudas sociales, en el que son partes la demandante Hormigones Laracha, S.L., asistida por el letrado Sr. Sánchez Goñi y representada por el procurador Sr. Sanzo Ferreiro, y el demandado, Juan Pablo López Sande, en situación de rebeldía procesal.
Fallo estimando parcialmente la demanda interpuesta por Hormigones Laracha, S.L., asistida por el letrado Sr. Sánchez Goñi y representada por el procurador Sr. Sanzo Ferreiro, contra el demandado, Juan Pablo López Sande, en situación procesal, debo condenar y condeno al demandado a abonar la suma de 6.262,31 euros más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial (27 de junio de 2014) y hasta la fecha de la sentencia, en que será de aplicación lo establecido en el artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC).
Todo ello sin imposición de costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación.
Encontrándose dicho demandado, Juan Pablo López Sande, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
A Coruña, 8 de junio de 2015
La secretaria judicial