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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miércoles, 22 de julio de 2015 Pág. 30738

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 1 de julio de 2015 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto (expediente IU2/49/2011).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 23 de abril de 2015, resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número IU2/49/2011 a Baltasar Mouta Piñeiro y María Dolores Portas Romero como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 20 de abril de 2012 que ordenaba la demolición de las obras de construcción de una vivienda unifamiliar de planta baja, de 146 m2 de superficie, adosada al linde lateral derecho y edificación auxiliar de 78 m2 de superficie y el cubierto, promovidas por los interesados, en las parcelas con referencia catastrales 36061A021004770000LO, 36061A021004840000LX, 36061A021004850000LI, 36061A0210048830000LD, en el lugar de Corvo, San Miguel de Deiro, en el término municipal de Vilanova de Arousa, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland 1er piso, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándoles que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 1 de julio de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística